Lun 07 de Septiembre 2026 San Pedro, Buenos Aires
10°C
Súmate a
nuestras redes
Sociedad
Según la gravedad de los hechos
Rige el Régimen Penal Juvenil: punibilidad a los 14 años
La Ley 27.801 reemplazó el esquema que regía desde 1980 y establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 y 17 años.
Fecha de publicación: 06/09/2026 23:02 Hs.
Compartí esta nota
Rige el Régimen Penal Juvenil: punibilidad a los 14 años

El pasado sábado comenzó a regir en todo el país el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801, que modifica de manera sustancial el tratamiento de los adolescentes en conflicto con la ley penal y baja de 16 a 14 años la edad a partir de la cual pueden ser sometidos a un proceso penal.

La norma, sancionada por el Congreso el 27 de febrero y promulgada en marzo por el Gobierno de Javier Milei, reemplaza al régimen establecido por el decreto-ley 22.278, vigente desde 1980. Su entrada en vigor se produjo 180 días después de su publicación en el Boletín Oficial, tal como establecía el artículo 52.

El nuevo esquema alcanza a adolescentes desde los 14 años y hasta el momento en que cumplen 18. A partir de ahora, quienes tengan entre 14 y 17 años y sean acusados de un delito previsto en el Código Penal o en leyes especiales podrán atravesar un proceso penal bajo un régimen específico para menores de edad.

QUÉ CAMBIA CON LA NUEVA LEY

Uno de los principales cambios es, precisamente, la reducción de la edad mínima de responsabilidad penal. Sin embargo, la reforma no establece que cualquier adolescente de 14 años que cometa una conducta considerada delito deba ser enviado a prisión.

El nuevo régimen contempla distintas respuestas según la gravedad del hecho y establece como principio la utilización de medidas alternativas al encierro. También incorpora garantías procesales específicas y exige la intervención de operadores especializados en materia penal juvenil.

La privación de la libertad aparece como una medida excepcional y bajo condiciones determinadas por la propia normativa. Además, la ley establece que los adolescentes deben permanecer separados de las personas adultas y que las medidas aplicadas deben contemplar objetivos vinculados con la educación, la formación y la reinserción social.

La implementación, de todos modos, genera interrogantes dentro del sistema judicial. En los últimos días se puso el foco en la necesidad de contar con infraestructura, capacitación, dispositivos de alojamiento y equipos especializados para afrontar el nuevo escenario. El Ministerio Público de la Defensa, por ejemplo, creó una unidad específica para coordinar la puesta en marcha del régimen y acompañar la adecuación de sus estructuras.

La Tecla

 

Cargando nota...

Llegaste al final...

Error

Registro DNDA RL-2023-97345860-APN-DNDA#MJ
Propietario y Director: Roberto Eduardo Dlapa
Facundo Quiroga 80, San Pedro (2930), Buenos Aires ([email protected])
07/09/2026 / N° de Edición:170149201
Copyright (c) 2026 San Pedro Informa. Todos los derechos reservados.