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La Cámara ordenó el enjuiciamiento de Fernando Espíndola por abuso sexual infantil
La Cámara de Apelaciones resolvió que el juicio por la verdad debe realizarse. El recurso había sido presentado por la querella ante la negativa del TOC N° 1 de avanzar con el enjuiciamiento.
Fecha de publicación: 09/05/2026 10:59 Hs.
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La Cámara ordenó el enjuiciamiento de Fernando Espíndola por abuso sexual infantil

Finalmente, en las últimas horas, la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal notificó su resolución, en la cual ordena la realización del juicio por la verdad contra Fernando Espíndola.

El conocido sindicalista camionero y exconcejal de San Pedro fue denunciado en 2019. Está acusado de haber abusado sexualmente en forma reiterada de tres menores de edad mediante violencia y amenazas, tras aprovechar la situación de convivencia. La denuncia que originó el proceso había sido presentada por su sobrina, Cintia Espíndola (su nombre se consigna por su expreso pedido), quien lo acusa de haber vulnerado sexualmente a ella y a otros menores del entorno familiar cuando las víctimas contaban con 6, 8 y 10 años de edad.

La causa fue elevada a juicio por primera vez en abril de 2023 y recurrida por la defensa del acusado, que se fundó en la prescripción por el paso del tiempo. La Cámara de Apelaciones declaró que efectivamente la causa estaba prescripta y dictó su sobreseimiento. No obstante, para impedir una probable injusticia, el tribunal le sugirió al fiscal que solicitara un juicio por la verdad, como forma de evitar lo que sería negarle una tutela judicial efectiva a la víctima. Es así que la denunciante Cintia Espíndola siguió adelante y pidió el enjuiciamiento bajo esta modalidad, lo que fue concedido por la jueza de Garantías, María Eugenia Maiztegui.

Cuando ya había sido sorteado el tribunal (recayó en el TOC N° 1) y solo restaba conocer la fecha de realización, los jueces que lo integraban resolvieron que el caso no encuadraba en los supuestos que habilitarían un juicio por la verdad. Consideraron que “no obstante lo aberrante de los hechos referidos ni las secuelas que dejaron en las personas afectadas, no se trata de un delito de lesa humanidad”. Con estos fundamentos rechazaron el juzgamiento. Tras conocerse esta decisión, el letrado Agustín Tanús, representante de la víctima, apeló ante la instancia superior, que declinó resolver sobre el enjuiciamiento e informó que el planteo debía ser resuelto por el Tribunal de Casación. Posteriormente, este órgano ordenó que sea la Cámara de Apelaciones la que decida la conveniencia o no de la realización del juicio por la verdad contra Fernando Espíndola.

En las últimas horas, este organismo dio a conocer su decisión. En el fallo, resolvió declarar admisible la queja, revocar la negativa del TOC N° 1 a la apertura del juicio por la verdad y reenviar las actuaciones a su origen, a fin de que continúe el proceso según su estado y con arreglo a lo resuelto. La Cámara sostuvo en su decisión que, a pesar de la prescripción y del sobreseimiento ya dictado —puntos que no están en discusión—, no se agota la posibilidad de una respuesta jurisdiccional útil. Persiste en favor de la víctima un interés jurídicamente tutelable en el esclarecimiento de los hechos, su reconocimiento institucional y una reparación estatal; por lo tanto, la extinción de la pretensión punitiva no excluye, por sí sola, el deber de brindar justicia.

LA CAUSA

Fernando Espíndola había sido imputado por abuso sexual reiterado agravado en perjuicio de niños de corta edad de su entorno familiar. Los hechos habrían ocurrido sobre finales de 1980 y prolongado en el tiempo hasta principios de 1990. El caso iba a ser debatido en el primer juicio por la verdad del Departamento Judicial San Nicolás. Las partes avanzaron con el pedido de ofrecimiento de prueba mientras esperaban la fijación de la fecha de realización. El enjuiciamiento había sido pedido conjuntamente por el fiscal juvenil José María Guadagnoli y por el letrado Agustín Tanús, representante de la particular damnificada. La solicitud apuntaba a que el dirigente camionero Fernando José Espíndola sea sometido a un juicio oral y público por la verdad.

Actualmente, Fernando Espíndola cumple arresto domiciliario acusado junto a Maximiliano Cabaleyro, también dirigente del sindicato de camioneros, por extorsión y turbación de la posesión durante el bloqueo a la planta Rey Distribución de San Pedro en la que también se investigó el pago de coimas. Por estos hechos serán juzgados en septiembre próximo.

El Norte

 

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