
A través de la disposición 2580/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (
Los productos en cuestión se encuentran rotulados de la siguiente manera:
- “Aceite de girasol”, marca “Perdriel”,
- “Presta. Ultra Cutting Crème. Ultra Buffing System.
- “Colágeno hidrolizado Magnesio + Maca + Calcio y Cartílago de Tiburón enriquecido con vitamina A, E y antioxidantes - Complemento Nutricional, Luc ver -
- Aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNE N° 02-033960 y el RNPA N° 02-571050, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y un RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales.
Se dispuso la alerta alimentaria y se indicó la prohibición de la elaboración de dicho aceite en ninguna parte del país, “ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”. El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del alimento en cualquier presentación y fecha de vencimiento.
La investigación se inició a partir a partir de una notificación proveniente de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria - ASSAL, según la cual, en el marco de un Programa de Monitoreo, tomó una muestra del producto que no cumplía con la normativa alimentaria vigente.
De esta forma se realizó una consulta federalel registro del lugar era inexistente