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Decisión Judicial
La Cámara Civil dejó sin efecto la medida cautelar contra el obispo Hugo Santiago
Luego de que el Dr. José Macchia, Juez de Paz de nuestra ciudad, aplicara una medida contra el Obispo Diocesano luego de un episodio acontecido en la iglesias San Roque, la justicia decidió revertir el fallo al advertir que no existieron conductas de agresión ni de maltratos.
Fecha de publicación: 12/12/2021 16:10 Hs.
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La Cámara Civil dejó sin efecto la medida cautelar contra el obispo Hugo Santiago

Mediante un comunicado emitido por el Obispado de San Nicolás, se conoció que la Cámara Civil de San Nicolás dejó sin efecto la medida cautelar contra el Obispo Diocesano. cuando el 13 de octubre pasado se vivió un momento de extrema tensión en la Parroquia San Roque, en donde denunciantes de la causa por abusos sexuales en el Jardín Belén se presentaron para hablar con el Obispo de San Nicolás, Hugo Santiago. El titular de la diócesis estaba almorzando con integrantes de la comunidad religiosa cuando familiares de las víctimas se hicieron presentes.

El comunicado dice así: “El pasado martes, la Cámara Civil de esta ciudad integrada por los Dres. Amalia Fernández Balbis, Fernando Kozicki y José Javier Tivano, dejó sin efecto la medida cautelar dispuesta por el Juez de Paz Dr. José Macchia, en fecha 2 de noviembre, contra el Obispo Diocesano Monseñor Hugo Norberto Santiago, mediante la cual ordenaba el cese de los actos de perturbación o intimidación contra la Sra. Carla Noemí Vitale, bajo apercibimiento de dictar medidas de restricción, coactivas o sanciones a su respecto.

Apelada la decisión por el Obispo, con el patrocinio del abogado Juan Carlos Marchetti, la Cámara tomó la decisión de revocar aquella resolución con claros y contundentes argumentos. Sostuvo que de la propia filmación que efectuó la Sra. Vitale en la oportunidad en que asistió a una reunión de sacerdotes, surge que no existieron conductas de agresión ni de maltratos contra la nombrada, ni ninguna otra conducta que pudiera considerarse como atentatoria contra la dignidad, integridad física, psicológica o moral, así tampoco como el Tribunal no advierte un riesgo en la seguridad personal de la denunciante que justificara la medida impuesta por el Juez de Paz.

Consultado sobre el tema el letrado patrocinante del Obispado, expresó su complacencia por el análisis serio y exhaustivo que realizó la Cámara, con diligencia y rapidez, de esta delicada cuestión que pretendió afectar el honor y buen nombre del Obispo Diocesano, a la vez de configurar un injustificado ataque a la Iglesia Católica”.


Fuente: Flash 25

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